

Proyecto de ley busca endurecer los requisitos para motociclistas y repartidores en Chile: ¿qué cambios propone?
Un proyecto de ley presentado en Chile propone exigir un curso teórico y práctico para obtener la licencia clase C, prohibir el transporte de acompañantes durante las actividades de reparto y establecer una identificación adicional de la patente de las motocicletas. Estas medidas podrían tener consecuencias para repartidores, empresas de delivery y conductores particulares.
¿En qué consiste el proyecto de ley sobre motocicletas?
El proyecto de ley, identificado como Boletín N.º 18.705-15, propone modificar la Ley de Tránsito chilena para introducir nuevas exigencias a quienes conducen motocicletas, motonetas, bicimotos y vehículos similares.
La iniciativa aborda tres ámbitos principales: la formación de los conductores, la identificación de los vehículos y las condiciones en que se realizan las actividades de reparto.
Es importante precisar que se trata de una propuesta legislativa. Sus disposiciones no deben interpretarse como obligaciones vigentes mientras el proyecto no complete su tramitación y se convierta en ley.
1. Curso teórico y práctico obligatorio para obtener la licencia clase C
Uno de los cambios más relevantes consiste en exigir que las personas que soliciten una licencia de conducir clase C hayan aprobado un curso teórico y práctico impartido por una escuela de conductores reconocida oficialmente.
La propuesta busca reforzar la preparación de los motociclistas antes de que comiencen a circular por las calles y carreteras.
Una formación adecuada puede contribuir a mejorar el conocimiento de las normas de tránsito, el control del vehículo, la conducción defensiva y la capacidad de reaccionar ante situaciones de riesgo.
Para quienes utilizan una motocicleta como herramienta de trabajo, este requisito podría representar un cambio importante en el proceso de obtención de su licencia.
2. Nuevas exigencias para las licencias internacionales
El proyecto también propone establecer que las autorizaciones para conducir motocicletas con una licencia o permiso internacional solo se otorguen cuando el documento acredite expresamente una categoría que habilite para conducir este tipo de vehículos.
En términos prácticos, contar con una autorización internacional para conducir automóviles no sería suficiente si el documento no contempla la categoría correspondiente a las motocicletas.
La medida apunta a verificar que los conductores extranjeros tengan una habilitación específica para la clase de vehículo que conducen.
3. ¿Se prohibiría llevar acompañantes en motocicletas de reparto?
Sí. Esta es una de las disposiciones más significativas de la iniciativa.
El texto propone que las motocicletas, motonetas y bicimotos utilizadas para retirar, repartir o entregar bienes sean conducidas exclusivamente por su conductor durante el desarrollo de esas actividades.
Esto significa que, de aprobarse la norma en los términos propuestos, un repartidor no podría transportar a otra persona como acompañante mientras realiza entregas.
La prohibición se aplicaría independientemente de la modalidad contractual del conductor. Es decir, abarcaría tanto a trabajadores dependientes como a personas que prestan servicios de manera independiente.
¿A quiénes podría afectar esta medida?
Entre los potencialmente afectados se encuentran:
- Repartidores de aplicaciones de delivery.
- Conductores que realizan entregas para restaurantes y comercios.
- Servicios de mensajería y distribución de productos.
- Empresas que utilizan motocicletas para sus operaciones de reparto.
La propuesta no distingue entre las distintas plataformas o empresas para las que se realizan las entregas. Su alcance se define por la actividad de retiro, reparto o entrega de bienes.
4. Identificación adicional de la patente de las motocicletas
Otro cambio consiste en exigir que los conductores de motocicletas, motonetas y bicimotos porten un elemento complementario de identificación que reproduzca la placa patente única del vehículo.
Este elemento tendría que mostrar caracteres claramente visibles y mantenerse permanentemente visible desde la parte posterior durante la circulación.
La finalidad práctica de esta exigencia sería facilitar la identificación del vehículo en la vía pública.
Para los conductores, podría significar la necesidad de incorporar un elemento adicional de identificación, sujeto a las características y condiciones que eventualmente establezca la normativa aplicable.
5. Restricciones al transporte de personas en espacios no habilitados
La iniciativa también modifica las disposiciones relativas al transporte de acompañantes y agrega una referencia al transporte de personas en espacios físicos que no estén habilitados para ello.
Este punto busca reforzar las restricciones sobre las condiciones en que pueden transportarse personas en estos vehículos.
Sin embargo, su aplicación concreta dependerá del texto definitivo que eventualmente se apruebe y de cómo se coordine con las demás disposiciones de la Ley de Tránsito.
6. ¿Qué pasaría con quienes ya tienen licencia clase C?
El artículo transitorio del proyecto establece que los nuevos requisitos se aplicarían a las licencias nuevas y que no podrían extenderse a las licencias actualmente vigentes ni a las que deban renovarse.
Por lo tanto, según el texto presentado, la nueva exigencia del curso no se aplicaría retroactivamente a quienes ya cuentan con una licencia clase C vigente, ni se les exigiría por el solo hecho de renovarla.
Este punto es relevante para los motociclistas que ya utilizan sus vehículos para trabajar o trasladarse diariamente.
¿Cómo podría afectar al sector del delivery en Chile?
Si la iniciativa se convierte en ley en los términos propuestos, podría generar cambios operativos para repartidores, comercios y plataformas de entrega.
Por una parte, la exigencia de formación podría contribuir a profesionalizar la conducción de motocicletas. Por otra, la prohibición de transportar acompañantes durante el reparto establecería una condición específica para desarrollar esta actividad.
Las empresas y los trabajadores que utilizan motocicletas deberían revisar sus procedimientos y mantenerse informados sobre la evolución de la propuesta legislativa.
También será importante conocer si durante la tramitación se incorporan indicaciones, excepciones o disposiciones complementarias que modifiquen su alcance.
¿El proyecto ya es ley en Chile?
No debe confundirse la presentación de un proyecto con su aprobación definitiva.
El texto descrito corresponde a una iniciativa legislativa y, mientras no complete el procedimiento correspondiente y sea promulgada y publicada como ley, sus nuevas exigencias no pueden tratarse como obligaciones legales vigentes por el solo hecho de aparecer en el proyecto.
Antes de tomar decisiones sobre licencias, equipamiento o actividades de reparto, es recomendable comprobar el estado oficial de la tramitación y consultar la normativa vigente.
El proyecto propone modificar las reglas aplicables a los motociclistas en Chile mediante una mayor exigencia de formación, controles específicos para licencias internacionales, restricciones al transporte de acompañantes durante los repartos y una identificación adicional de la patente.
Su eventual aprobación podría afectar tanto a conductores particulares como a quienes utilizan motocicletas como herramienta de trabajo.
Por ahora, la clave es distinguir entre las medidas propuestas y las obligaciones que efectivamente se encuentren vigentes. El avance de su tramitación permitirá determinar si estas modificaciones se aprueban, cambian o finalmente no entran en vigor.
¿Crees que exigir un curso obligatorio y establecer nuevas reglas para los repartidores contribuiría a mejorar la seguridad vial en Chile? Comparte tu opinión.
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